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IPRODICH, Defensoría del Pueblo y Masín presentaron un amparo pidiendo que se dejen sin efecto la quita de pensiones por discapacidad


miércoles, 28 de junio de 2017


El Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (IPRODICH) junto al Defensor del Pueblo Gustavo Corregido y la diputada nacional Lucila Masín presentaron un amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional por la suspensión del beneficio de las pensiones no contributivas por discapacidad desde el mes de mayo. Los organismos pidieron la inconstitucionalidad del Decreto 432/97 que se aplicó para tomar esa medida y solicitaron que se ordene judicialmente dejar sin efecto las suspensiones o caducidades de los beneficios, restableciéndolas totalmente a los chaqueños con discapacidad que las percibían.

La acción se realizó luego de un trabajo conjunto entre la directora del Área de Certificaciones y Prestaciones y la jefa del Área Legales del IPRODICH, Carla Mitoire y Daniela D´Alessandro junto a Corregido y Masín. En una mesa de trabajo, el IPRODICH aportó informes al amparo y la medida cautelar en defensa de los derechos de las personas con discapacidad. En el amparo, los organismos solicitan también que se tomen los recaudos para analizar cada caso en particular, asegurando a los beneficiarios el derecho de ser oídos y de defensa y el dictado del acto administrativo por autoridad competente. En ese sentido, Mitoire remarcó que “en virtud de la vulneración de derechos adquiridos de las personas con discapacidad afectadas por la reciente medida, impulsamos una acción judicial más que necesaria para que la Justicia rehabilite de forma inmediata los beneficios correspondientes a las pensiones no contributivas y declare la inconstitucionalidad del decreto 432/97”. Asimismo, la agente del IPRODICH destacó que “desde el Instituto y en un gran trabajo con otros organismos nos estamos ocupando de lleno en esta situación porque al sacarles la pensión, las personas con discapacidad no sólo pierden una ayuda económica sino una cobertura de salud como ser medicamentos, ayudas técnicas, entre otras prestaciones de rehabilitación que mejoran su calidad de vida”. Por su parte Corregido resaltó que “además de la irregularidad, arbitrariedad, ilegalidad manifiesta y compulsividad del procedimiento por el que se deja sin efecto el derecho al cobro de una pensión por invalidez, tampoco es menor hacer referencia al contexto económico y social en el que se concreta esta rechazable medida del Poder Ejecutivo”.